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CUBA: Amnesty Int'l | Urgent Action / Accion Urgente
CRÍTICOS DEL GOBIERNO ENCARCELADOS POR EJERCER LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN
Dos críticos del gobierno cumplen sendas penas de prisión en Cuba impuestas en juicios sumarios por cargos de motivación política. Amnistía Internacional los considera presos de conciencia, encarcelados sólo por ejercer pacíficamente su derecho a la libertad de expresión.
Emilio Planas Robert y Rafael Matos Montes de Oca fueron detenidos en la ciudad de Guantánamo, en la provincia del mismo nombre, el 23 y el 27 de septiembre de 2012, respectivamente, por la policía cubana y funcionarios del Departamento de Seguridad del Estado. Ambos hombres, miembros de la Unión Patriótica de Cuba (UNPACU), fueron acusados de "estado peligroso”, medida preventiva definida como "la especial proclividad en que se halla una persona para cometer delitos". Este precepto legal penaliza conductas como la embriaguez, la adicción a las drogas y la “conducta antisocial”. Sin embargo, también se usa como pretexto para encarcelar a disidentes políticos, periodistas independientes y críticos del gobierno. Emilio Planas Robert fue condenado a tres años y medio de prisión, y Rafael Matos Montes de Oca a dos años y medio, en sendos juicios sumarios celebrados el 5 y el 12 de octubre de 2012, respectivamente.
Las autoridades los habían acusado de poner carteles en la ciudad de Guantánamo con consignas “antigubernamentales”, como “abajo Fidel” y “abajo el hambre”. Según sus familias, no se encontró en sus casas ningún material que los inculpara y no se presentó ningún material de este tipo en los juicios.
Amnistía Internacional cree que estas condenas tienen motivación política y guardan relación con el ejercicio pacífico por ambos hombres de su derecho a la libertad de expresión, y que se pretende transmitir un mensaje de intimidación a otros críticos del gobierno, sobre todo a otros miembros de la UNPACU. Por tanto, la organización los considera presos de conciencia.
Escriban inmediatamente, en español o en su propio idioma:
- Pidiendo a las autoridades la liberación inmediata e incondicional de Rafael Matos Montes de Oca y de Emilio Planas Robert, por tratarse de presos de conciencia, encarcelados únicamente por ejercer de forma pacífica su derecho a la libertad de expresión.
- Pidiendo que se eliminen del Código Penal las disposiciones sobre el “estado peligroso” y se deroguen todas las leyes que establezcan límites indebidos a la libertad de expresión y de asociación.
ENVÍEN LLAMAMIENTOS, ANTES DEL 13 DE SEPTIEMBRE DE 2013, A:
Jefe de Estado y de gobierno
Raúl Castro Ruz
Presidente de la República de Cuba
La Habana, Cuba
Fax: +41 22 758 9431 (oficina de Cuba en Ginebra); +1 212 779 1697 (a través de la Misión de Cuba ante la ONU)
Tratamiento: Excelencia
Fiscal general
Dr. Darío Delgado Cura
Fiscal General de la República,
Fiscalía General de la República, Amistad 552, e/Monte y Estrella,
Centro Habana,
La Habana, Cuba
Tratamiento: Señor Fiscal General
Copia a:
Ministro de Interior y Prisiones
General Abelardo Coloma Ibarra
Ministro del Interior y Prisiones
Ministerio del Interior,
Plaza de la Revolución,
La Habana, Cuba
Fax: +1 212 779 1697 (a través de la Misión de Cuba ante la ONU)
Tratamiento: Excelencia
Envíen también copias a la representación diplomática de Cuba acreditada en su país. Incluyan a continuación las correspondientes direcciones:
Nombre Dirección 1 Dirección 2 Dirección 3 Fax Fax Correo-e Correo-e Tratamiento Tratamiento
Consulten con la oficina de su Sección si van a enviar llamamientos después de la fecha indicada.
ACCIÓN URGENTE
CRÍTICOS DEL GOBIERNO ENCARCELADOS POR EJERCER LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN
Información adicional
El artículo 72 del Código Penal cubano, "El estado peligroso", dice: "Se considera estado peligroso la especial proclividad en que se halla una persona para cometer delitos, demostrada por la conducta que observa en contradicción manifiesta con las normas de la moral socialista."
Tanto Rafael Matos Montes de Oca como Emilio Planas Robert fueron condenados a “medidas de seguridad predelictivas”, que se imponen para prevenir la comisión de delitos. Los artículos 78 a 84 del Código Penal establecen los tipos de medidas que pueden adoptarse, como la reeducación durante un periodo de entre uno y cuatro años. La persona afectada podrá ser internada en un "establecimiento especializado de trabajo o de estudio" o enviada a un "colectivo de trabajo". No hay mención alguna a la prisión.
Por su parte, el artículo 75 del Código Penal (“La advertencia oficial”) establece que la persona "será objeto de advertencia por la autoridad policíaca competente, en prevención de que incurra en actividades socialmente peligrosas o delictivas”. Dicha advertencia se emitirá en un documento legal (acta) en el que se harán constar expresamente las causas que la determinan, así como lo que alegue la persona advertida, y deberá ser firmada por ambas partes. Según sus familias, ni Rafael Matos Montes de Oca ni Emilio Planas Robert han recibido ninguna advertencia de las autoridades, ni escrita ni verbal.
A la esposa de Rafael Matos Montes de Oca únicamente le comunicaron el juicio de éste cuando ya estaba en marcha, y sólo pudo asistir a las últimas fases; cuando aún estaba buscando un abogado. A la familia de Emilio Planas Robert no se le informó de su juicio y éste tampoco pudo ser representado por un abogado. Según las informaciones recibidas, los juicios duraron menos de dos horas.
Al parecer, las acusaciones formuladas por el fiscal durante el juicio de Rafael Matos Montes de Oca fueron que no trabajaba, no mantenía buenas relaciones con sus vecinos, bebía alcohol, vagabundeaba por la calle de noche y estaba relacionado con elementos contrarrevolucionarios. Por su parte, parece que Emilio Planas Robert fue acusado de antisocial y de reunirse con elementos contrarrevolucionarios.
Ambos están recluidos en la prisión provincial de Guantánamo.
La Unión Patriótica de Cuba es una organización de la sociedad civil que propugna mayores libertades civiles en la isla.
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Nombre: Rafael Matos Montes de Oca y Emilio Planas Robert
Sexo: hombres
AU: 205/13 Índice: AMR 25/006/2013 Fecha de emisión: 2 de agosto de 2013
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