Cuba USA
“Tribunal corrupto deja libre a autor de robo”
Por Dr. Darsi Ferrer, preso de conciencia.
La Habana, Cuba. 29 de mayo de 2010.
La jueza Amelia Álvarez Cabrera, presidenta de la sala cuarta del Tribunal Popular Provincial de la Habana, le concedió la libertad inmediata a Alexis Ortiz González, violando lo establecido en la legislación vigente, cuatro días después de presidir la vista oral donde le comprobaron, con suficientes evidencias, ser el autor de los delitos de “hurto” y “apropiación indebida”, y de que cerrara el juicio con la petición de la fiscalía de una condena para el acusado de 6 años de privación de libertad, en espera de la sentencia firme del Tribunal.
Esa determinación de la jueza obvió por completo al otro acusado en la misma causa # 128-2010, Guillermo Marcelino Saavedra Oropesa, a quien la fiscalía le pidió 3 años de privación de libertad por la receptación de algunos de los artículos robados por Ortiz González, y aún permanece en la cárcel esperando que el Tribunal acabe de dictar sentencia definitiva.
En la sede del Departamento Técnico de Investigación Nacional, conocido como 100 y Aldabó, se realizó el proceso de instrucción de cargos penales de Alexis Ortiz y Guillermo Saavedra, los que quedaron bajo arresto el pasado mes de julio de 2009, acusados de robo. Los investigadores encargados del caso reunieron evidencias probatorias, incluidas las declaraciones de los dos implicados, que esclarecieron el hecho y la participación de cada uno.
La investigación policial concluyó que Ortiz González hurtó artículos y bienes personales en la vivienda sita en Villegas entre San Juan de Dios y Órelly, en la Habana Vieja, propiedad de la Sra. María Cristina Collazo Pérez. Para cometer la fechoría se aprovechó de la confianza que le tenía la víctima, la que meses antes lo contrató para que le hiciera algunas reparaciones en el inmueble y llegó a permitirle que se mudara para su casa, mientras ella se instaló provisionalmente en la vivienda de una de sus hijas, hasta que acabara el trabajo constructivo convenido entre ellos.
Durante la investigación se supo, además, que Alexis Ortiz también sustrajo joyas en casa de uno de los vecinos de la Sra. María Cristina, con el que había llegado a entablar relaciones de amistad en pocos días y lo visitó en varias ocasiones. La policía presentó un informe durante el juicio donde calcularon el monto de los dos robos en un valor monetario que supera los 165 mil pesos.
La participación de Guillermo Marcelino Saavedra en el delito se limitó a que consumados los robos, Alexis Ortiz se apareció en su casa y, apoyado en la amistad que los unía, le pidió que le escondiera una maleta con algunos de los objetos robados. Él accedió y la guardó hasta que varios policías allanaron su casa con una orden de registro, lo arrestaron y le ocuparon la maleta con todos los artículos en su interior.
Lo insólito y jurídicamente inadmisible en la acción de dejar en libertad a Alexis González, es que el Tribunal que celebró la vista oral aún no ha dictado sentencia, situación que obliga a ambos acusados a permanecer en prisión provisional en la cárcel de Valle Grande, donde fueron recluidos desde que los trasladaron de 100 y Aldabó, después del proceso de instrucción de cargos.
Además, en la situación penal de Alexis Ortiz el marco sancionador de los delitos que es culpable en calidad de autor, hurto y apropiación indebida, no admite el que quede en libertad, menos con la agravante de ser reincidente en ese tipo de delitos y multireincidente en prisión por otros hechos delictivos.
En el caso de Guillermo Marcelino Saavedra se demostró en la vista oral que ni siquiera cometió el delito de receptación del que fue acusado, sino que su culpabilidad es por “encubrimiento de la apropiación indebida”. Delito que contempla en el marco sancionador la multa o el trabajo correccional sin internamiento. Sólo en los casos donde existen agravantes se justifica la aplicación de sanción penal de privación de libertad. Esta última situación no se ajusta a Guillermo, al no tener antecedentes penales y haber mantenido con anterioridad al hecho delictivo una conducta social adecuada, además de ser un padre de familia respetuoso y trabajador.
El abogado de la defensa de Guillermo Saavedra, el licenciado Emilio Perea Abella, cuando se enteró de modo extraoficial de la liberación del otro acusado, Alexis Ortiz, se personó en el Tribunal Provincial y pidió una entrevista con la presidenta de la sala, el pasado 24 de mayo. La jueza Amelia Álvarez optó por no recibirlo y mandarle a decir con la secretaria que uno de los dos implicados en el robo ya había cumplido la prisión provisional, que ella no estaba obligada a brindarle información de las decisiones del Tribunal, y que se limitara a esperar por la sentencia.
Nota: Teléfono de la esposa de Guillermo Saavedra, (Julia Cuella). Telf.: 7630953.
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